miércoles, 19 de marzo de 2008

El uso del imperativo...

Según la RAE y siguiendo las buenas normas de la escritura, cuando se da una orden a una segunda persona (del singular o del plural), deben usarse las formas propias del imperativo, si la oración es afirmativa, o las formas correspondientes del subjuntivo. Si la oración es negativa, va introducida por la conjunción que o se dirige a un interlocutor al que se trata de usted...

Así que, tomad nota tanto de la forma como del contenido del aviso (del escrito en rojo) cuando estéis en un lugar de uso comunitario...

1 comentario:

Anónimo dijo...

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